domingo, 17 de julio de 2011

Innovaciones en materia de Seguridad Social

Innovaciones en Seguridad Social
La seguridad social es un sistema técnico administrativo de protección social, es  reconocido como un derecho humano y social fundamental e irrenunciable, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos e incorporada como derecho social y humano con rango constitucional, es decir, que es un derecho garantizado por el Estado a todos los venezolanos independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta. El Estado, por medio del Sistema de Seguridad Social, garantiza a las personas la protección adecuada para el mejoramiento de la calidad de vida de las personas y su bienestar, como elemento fundamental de política social.

El Sistema de Seguridad Social garantiza en todos sus niveles, la participación protagónica de los ciudadanos, en particular de los afiliados, trabajadores, empleadores, pensionados, jubilados y organizaciones de la sociedad civil, en la formulación de la gestión, de las políticas, planes y programas de los distintos regímenes prestacionales del Sistema de Seguridad Social. El órgano rector de la Seguridad Social en Venezuela es el  Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, el cual posee organismos adscritos como lo es el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.

El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), es un organismo creado con la finalidad de atender las necesidades de la masa trabajadora en materia de  asistencia médica de las enfermedades, maternidad, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, además de  establecer las prestaciones a largo plazo (pensiones) por conceptos de invalidez, incapacidad parcial, vejez y sobrevivientes. El IVSS se rige por la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social; cuyo objeto es crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela.

La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social; está compuesta por los siguientes sistemas:
-       Sistema Prestacional de Salud: comprende y garantiza el derecho a la salud y las prestaciones por: maternidad; paternidad; enfermedades y accidentes cualquiera sea su origen, magnitud y duración; discapacidad; necesidades especiales; pérdida involuntaria del empleo; desempleo; vejez; viudedad y orfandad.  Este sistema se encarga de promover la salud de toda la población de forma universal y equitativa para garantizar mayor calidad de vida, prevenir enfermedades y accidentes, restituir la salud y propiciar la rehabilitación; oportuna, adecuada y de calidad.

-       Sistema Prestacional de Vivienda y Hábitat: destinado a la creación de planes y programas para el desarrollo de viviendas dignas en atención de las necesidades de vivienda y hábitat mediante créditos, incentivos y subsidios para las personas de bajos recursos y para una parte de las cotizaciones al Régimen Prestacional de Pensiones y Otras Asignaciones Económicas en el caso de los trabajadores no dependientes de bajos ingresos.

-       Sistema Prestacional de Previsión Social: establece programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso,  turismo social y promoción de la salud y atención integral de los trabajadores y servicios sociales al adulto mayor y Otras categorías de personas.

El régimen Prestacional de Previsión Social se rige por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)  a través del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
La Seguridad Social no sólo ha tenido alcance a nivel nacional, también ha extendido sus raíces en el contexto internacional donde es representada por la   Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), la cual se encarga de XXXX.
El estado venezolano en aras de garantizar un sistema de protección social más integral a sus administrados, firmó el primer Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, donde intervienen países como Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Paraguay, Perú, Portugal, Uruguay, Venezuela, Bolivia, Brasil, Ecuador y España, con el objetivo de proteger la seguridad social de los inmigrantes (trabajadores) que a lo largo de su vida laboral o profesional se desplazan de un Estado a otro, y que se encuentran en los países suscritos al convenio, convirtiéndolo en una herramienta para la cooperación iberoamericana, de la cual surge a su vez una Estrategia Iberoamericana de Seguridad y Salud en el Trabajo para el período (2010-2013).

En consecuencia, producto de la firma del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, podrán beneficiarse directamente más de seis millones de inmigrantes latinoamericanos, aunque su espacio de protección se extiende a toda la población de los 22 países iberoamericanos, es decir unos 600 millones de personas, quienes podrán gozar del beneficio de una pensión de vejez, invalidez, supervivencia y las derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, una vez hecho los aportes correspondientes por concepto de cotizaciones efectuadas a lo largo de su vida laboral aunque ésta haya transcurrido en diferentes países.
En virtud de lo antes expuesto se puede decir que nuestro sistema de seguridad social de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República, es universal, integral, de financiamiento solidario, unitario y participativo que se establece como  un derecho humano y social fundamental e irrenunciable, garantizado por el Estado a todos los venezolanos y a los extranjeros residenciados legalmente. Para una eficiencia total del sistema es necesario un cambio radical y para ello concluyo con una frase célebre del famoso escritor venezolano: Arturo Uslar Pietri, quien en su obra “Sembrando el Petróleo” dijo: "hay que aprovechar la riqueza transitoria de la actual economía para crear las bases sanas y amplias coordinadas de esa futura economía progresiva que será nuestra verdadera acta de independencia...".
ROGRAMA DE SEGURIDAD SOCIAL
PARA EL SISTEMA INTEGRAL DE TRANSPORTE SUPERFICIAL (SITSSA)
En Venezuela la crisis habitacional se ha convertido en inevitable realidad donde el Distrito Capital y el Edo. Miranda se encuentran super poblados, con casas improvisadas en superficies inestables y en deplorables condiciones de hacinamiento. Donde ha surgido la necesidad de integrar  a las comunidades para  dar soluciones de vivienda y resolver ordenadamente el grave problema de la creación de barrios.
La  dignificación de viviendas de los trabajadores a partir de la transformación del hábitat y la vivienda da cumplimiento al Artículo 82 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, el cual establece que: “Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales, que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares vecinales y comunitarias”…
Programa
1ra. Etapa. Dignificando la Vivienda de los Trabajadores “Porque Sitssa somos Todos! -

Objetivo General
Colaborar con los trabajadores del Sistema Integral de Transporte Superficial (Sitssa) para la dignificación de sus viviendas.

Objetivo Especifico
- Servir de intermediario ante los organismos del estado para la adquisición a través de donativos de materiales de construcción con el propósito de sustituir ranchos por viviendas dignas que respondan a las necesidades básicas de desarrollo, convivencia y seguridad social de ese capital humano  que forma parte de (Sitssa) que se encuentra en situación de refugio o albergues temporales.

Actividades a  Realizar:
-       Financiar a través de la caja de ahorro la mano de obra que requiere el mejoramiento y restauración de las viviendas de aquellos trabajadores que se encuentren en condiciones inseguras o en situación de refugio, tomando en consideración los planes urbanísticos del sector.
-       Apoyar al trabajador en la dignificación d sus viviendas en materia de construcción, desarrollo del hábitat y urbanismos integrales que dispongan de los servicios básicos (agua, gas, electricidad, etc).

Año de implantación
A partir de Agosto de 2011

¿A quien está dirigido el Programa?
La primera etapa del programa Dignificando la Vivienda de los Trabajadores “Porque Sitssa somos Todos!  Estará dirigido a 17 trabajadores activos con su carga familiar que residen en las adyacencias del Terminal de Oriente 2Antonio José de Sucre” y la Zona Operativa de Mamporal, quienes actualmente se encuentran en condiciones inseguras y en situación de refugio como consecuencia de las fuertes lluvias, inundaciones y deslizamientos ocurridos.

¿Quienes son los responsables de ejecutar el programa?
La Oficina de Gestión de Talento Humano dentro del enfoque humanista y como ente rector, contralor y ejecutor de la gestión del potencial humano, capaz de promover e impulsar el bienestar y el desarrollo de sus trabajadores de velar por el respeto a los más altos principios éticos, morales y constitucionales para garantizar la seguridad social de su personal a través de la unidad de bienestar social será la responsable de la ejecución del programa conjuntamente con la caja de ahorro de los trabajadores, con el propósito de promover la Responsabilidad Social Institucional, como contribución activa y voluntaria al mejoramiento social, económico y ambiental por parte de las empresas, con el objetivo de mejorar su situación competitiva y valorativa y su valor añadido que  busca la continuidad en el tiempo de las acciones emprendidas que impacte socialmente a sus trabajadores. Las empresas, por ende, son partícipes esenciales de las sociedades en las que actúan.

Presupuesto (Recursos Financieros)
La Caja de Ahorros cumple  un papel social importante, generando beneficios apara sus afiliados a través del financiamiento de programas orientados al deporte,  la educación, la salud, la vivienda y el bienestar de los trabajadores. La caja de ahorro de Sitssa será la fuente de financiamiento para los proyectos de pequeños inversionistas (trabajadores) de bajos recursos, no considerados como sujetos de crédito por la banca comercial, quienes reciben sus ahorros y les otorgan prestamos.
El financiamiento o préstamo será:
  • Desde B/.1000.00 hasta B/.10,000.00
  • (12) ó (24) meses para pagar
  • Intereses sobre saldo.
  • Sin Intermediarios.
  • Cómodas mensualidades.
  • Facilidad de refinanciamiento.
  • Rápida aprobación 8si cumple con los requisitos mínimos exigidos)
Los trabajadores interesados estarán sujetos a cumplimiento de requisitos y aprobación crediticia. Entre los requisitos requeridos para el financiamiento se encuentran: tener una antigüedad mínima de (18) meses en la empresa,  constancia de residencia emitida por la Junta Comunal, que la vivienda no sea una invasión, que el terreno tenga como mínimo los servicios básicos (agua y luz eléctrica cercanos), que el ingreso mensual de quienes integran a esa familia sean menores a dos salarios mínimos.
Recursos materiales Requeridos
Estructuras metálicas, cemento, bloques, cabillas, tuberías, arena, piedras, etc. Es importante destacar que cualquier falla estructural que tenga la vivienda desde el techo hasta las paredes podrá ser restaurada.

Colaboradores
-       Misión Barrio Nuevo. Barrio Tricolor del estado Miranda: quien donará los recursos materiales requeridos.

La misión Misión Barrio Nuevo. Barrio Tricolor desarrolla una labor en conjunto con los Consejos Comunales quienes se encargan de organizar las comunidades y censar a las familias más necesitadas.
 -       (02) profesionales (Urbanista e Ingeniero): que laboran en la empresa y brindarán el apoyo y asesoramiento gratuito en  dicha materia.

viernes, 27 de mayo de 2011

Que grande es mi pais!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Venezuela es un país con una gran riqueza que va desde el subsuelo hasta su gente…nuestro ingreso petrolero debe redimensionarse para garantizar la seguridad social del venezolano. Ese venezolano que día a día lucha y participa activamente para garantizar calidad de vida a su familia.

El pasado lunes 23 de mayo, se llevó a cabo una dinámica grupal en la sección “A” denominada: El Pueblo Necesita, en la que se evidenció que el venezolano persigue ese ideal de nuestro Libertador buscando la mayor suma de felicidad posible a la que no escapa ninguna clase social. Todos buscamos incansablemente la satisfacción y el bienestar de nuestras familias, una vivienda digna, un empleo estable para garantizar las necesidades básicas de alimentación, calzado y vivienda y posibilidades de crecimiento dentro de un entorno económico cambiante.

Le envio a mis compañeros de clases un amplio reconocimiento, ya que las dinámicas han permitido entender y comprender la materia de una forma didáctica donde el conocimiento se comparte, se transforma y se fortalece!

Doctora Rosalia Morales: BIENVENIDA A SEGURIDAD SOCIAL

Shearon Lara
C.I. 15.377.814
Sección “A”
Maestría en Gerencia de Recursos Humanos (UNEFA)

El método es una muestra de las nuevas tendencias para la selección de personal bajo la figura de centros de valoración o Assesment Center, los cuales constituyen una técnica que emplea pruebas situacionales para la evaluación de habilidades y competencias. Es una prueba conductual donde se enfrenta a los candidatos a resolver situaciones conflictivas que pueden presentarse en el puesto de trabajo.

Los hechos comienzan con una prueba situacional grupal donde hay siete participantes optando por un cargo en la empresa DELKIA, a medida que va avanzando el proceso les comunican que entre ellos existe un infiltrado de recursos humanos que está evaluándolos, y la gran tarea es descubrirlo. En el transcurrir del Films, se evidencia la rivalidad entre los miembros del equipo hasta que finalmente clasifican dos personas que fueron vilmente engañadas por los responsables de la selección, donde una de ellas se retira del proceso que perdió su esencia convirtiéndose en una competencia cruel y despiadada. La película como tal desvirtúa el verdadero criterio del método, donde la selección fue llevada a cabo por presión psicológica, humillación y vejación por la edad entre otras causas, convirtiéndola en un proceso hostil donde los participantes perdieron su ética profesional y no tomaron decisiones acertadas generando ambición, mal manejo de situaciones adversas, falta de compañerismo y trabajo en equipo, acoso, desconfianza y discriminación entre ellos mismos.

La falta de ética durante la aplicación del método no dejó que los participantes desarrollaran sus habilidades y experiencias, sino que los expuso a la burla y la agresión, en medio de una constante violación a su privacidad, ya que la sala en donde se encontraban y hasta los baños, contaban con un sistema de circuito cerrado (cámaras de seguridad) que les permitía a los responsables de la selección monitorear todos los movimientos de los candidatos. Al respecto, nuestra jurisprudencia sanciona esta situación. A continuación se presenta un breve resumen aplicando las leyes venezolanas:

Constitucionalmente a lo largo de la película se violaron los artículos 19, 20, 28,60,88,89 y 127. Durante la prueba situacional, se obvió que el trabajo es un hecho social en igualdad de condiciones y equidad para hombres y mujeres. La actividad se llevó a cabo en un ambiente externo inseguro e internamente desequilibrado por la presión psicológica manifiesta, acciones previstas y sancionadas en la Ley Orgánica de Protección de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), que obliga a los empleadores a garantizar a sus trabajadores condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, además de organizar el trabajo de conformidad con los avances tecnológicos pero sin violar la privacidad.

En cuanto a los derechos humanos hubo discriminación e irrespeto para los candidatos a quienes le privaron del libre desenvolvimiento de su personalidad y capacidades durante la prueba de valoración, irrespetando así la integridad física, psíquica y moral de los miembros participantes, quienes fueron degradados en su condición y dignidad humana, sobre todo en la parte donde les llevan un almuerzo en mal estado alegando que era lo único que podían darles en vista de la protesta que se estaba generando en las afueras de la empresa.

Por otra parte, la empresa vulneró el derecho de Julio, el primer participante expulsado, al mostrar públicamente un hecho ocurrido en su anterior trabajo y por el cual quedó desempleado. Esta situación produjo la degradación de su imagen y reputación, a la vez que no guardaron la confidencialidad de sus antecedentes laborales.

En materia de la Ley Orgánica del Trabajo, no se amparó la dignidad de los candidatos y su derecho al trabajo, exponiéndolos a un clima de inestabilidad, lo que imposibilitó su normal desarrollo físico, síquico e intelectual. Así mismo, la participante Ana fue discriminada por su sexo y edad, la cual la limitaba para la reproducción, poniéndola en riesgo psicosocial, tal como se puede apreciar en los artículos 2, 24, 26, 185 y 236 de la mencionada ley.

En el caso particular de Ana, también aplica la Ley de la Violencia Contra la Mujer, ya que hubo una trasgresión del género, donde se evidenció violencia institucional o empresarial, lo que obstaculizó e impidió que ésta se desarrollara como profesional. Ana fue discriminada por su condición de mujer y por la edad, colocándola antes sus compañeros ante una posición desigual que afecto gravemente su libertad de acción, dignidad, integridad física, psicológica, sexual y económica por lo que perdió la oportunidad de integrarse al mercado laboral.

Otra de las participantes amparada por esta ley es Nieves, quien también sufrió un daño psicológico, emocional y disminución de la autoestima, lo cual influyó al momento de tomar la decisión de retirarse una vez que clasificó como finalista en el proceso. Ambas mujeres fueron victimas de degradación, control de sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante la amenaza constante el acoso, hostigamiento, restricción, humillación y deshonra, por lo que también es aplicable el Convenio de la OIT 111 por ser discriminadas por razón de género.

Es importante recordar que toda persona independientemente al género que corresponda tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación.

A lo largo de la historia, se desarrollo una evidente violencia laboral obstaculizando el acceso al empleo, contratación, estabilidad o permanencia en el mismo hasta lograr la exclusión laboral de 5 de los participantes del proceso, esto es lo que se conoce como mobbing laboral; el cual tiene que ver con el acoso, pérdida de autoestima y sometimiento al aislamiento que degrada la consideración personal y social de los individuos.

Fuente adquirida en: http://shearonl.crearblog.com (Publicada el 16 de Mayo 2011)